
El Congreso de Colombia recibió un proyecto que busca prohibir determinadas intervenciones médicas de afirmación de género en menores de 18 años. Conocida como “Ley Laura: niños, no experimento”, la iniciativa figura en Congreso Visible como el Proyecto de Ley 211 de 2026 del Senado. Las fuentes consultadas la presentan como una propuesta en trámite, sin constancia de aprobación y sanción.
La propuesta abarca bloqueadores de la pubertad, tratamientos hormonales y procedimientos quirúrgicos destinados a modificar características sexuales con fines de afirmación de género. También plantea sanciones por incumplimiento y excepciones para atender condiciones médicas diagnosticadas, como la pubertad precoz y determinadas alteraciones congénitas, genéticas o cromosómicas, según el resumen de ese observatorio legislativo.
La iniciativa fue radicada el 26 de agosto y cuenta entre sus promotores con Andrés Forero, Sara Castellanos, Carol Borda y Luis Miguel López. Sus impulsores, ciomo señaló Semana, sostienen que el Estado debe reforzar la protección de los menores frente a intervenciones con posibles consecuencias permanentes. Forero ha defendido la propuesta apelando a la prudencia médica y a las limitaciones que, según argumenta, presenta la evidencia disponible.
Sara Castellanos ha señalado que la iniciativa pretende reforzar la protección jurídica de la infancia frente a decisiones médicas cuyos efectos podrían mantenerse durante toda la vida, según declaraciones recogidas por Bibliatodo.
El nombre remite al caso de Laura, una joven del Valle del Cauca que inició una transición durante su adolescencia y posteriormente manifestó arrepentimiento. Su defensa denunció presuntas irregularidades en la evaluación médica y el consentimiento informado. La Fundación Valle del Lili rechazó las acusaciones y sostuvo que actuó conforme a sus protocolos y con los consentimientos correspondientes. Estas versiones contrapuestas no permiten establecer por sí solas una responsabilidad médica.
La propuesta ha recibido cuestionamientos de organizaciones como la Liga de Salud Trans, que advierten sobre restricciones al acceso a la salud y defienden la valoración individual, el acompañamiento especializado y el consentimiento informado frente a una prohibición legal general, como reflejó El País.
El debate tiene un antecedente en la Sentencia T-218 de 2022. En el caso examinado, la Corte Constitucional consideró vulnerados los derechos de un adolescente al condicionar su acceso a tratamiento hormonal al cumplimiento de la mayoría de edad sin justificación médica suficiente. La decisión exige considerar la autonomía progresiva, las características de la intervención y el consentimiento libre e informado; no supone una autorización automática para cualquier procedimiento.
El alcance definitivo de la iniciativa dependerá de su discusión legislativa. Su presentación, por sí sola, no modifica las reglas de atención médica vigentes.
Autora: Lizzie Sotola es corresponsal en Latinoamérica para Diario Cristiano Internacional. Es licenciada en Periodismo y en Comunicación Social graduada en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Argentina. Cuenta con una trayectoria de más de 25 años como profesional. Tiene una vasta experiencia en medios de comunicación, organizaciones educativas y religiosas como también editoriales cristianas. Ha trabajado para Editorial Vida, Sociedad Bíblica Internacional, Alianza Evangélica Latina y la Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas de Argentina (ACIERA). Además ejerce como periodista freelance para los festivales de la Asociación Luis Palau en Iberoamérica y dirige una agencia de difusión llamada Noti-Prensa.





