La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) evitó emitir un pronunciamiento explícito sobre el “derecho a la vida” en el caso Beatriz, una joven salvadoreña cuya solicitud de aborto fue rechazada en 2013, aun cuando su salud estaba en riesgo.
Aunque los jueces señalaron la responsabilidad del Estado salvadoreño, aseguraron que no les correspondía arbitrar entre distintas opiniones médicas ni especular sobre la validez de los informes emitidos por las autoridades sanitarias.
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“La Corte consideró que, en el presente caso, no correspondía pronunciarse sobre el derecho a la vida vinculado a presuntos riesgos para la vida generados por las decisiones u opiniones médicas per se”, se lee en la sentencia.
El tribunal también rechazó pronunciarse sobre la responsabilidad del Estado en la muerte de Beatriz, ocurrida en 2017, al considerar que no se probó una relación causal entre su fallecimiento y la atención médica recibida durante su segundo embarazo en 2013.
No obstante, la Corte reconoció que existió una falta de protocolos claros y un ambiente de confusión jurídica que limitó la actuación del personal de salud encargado de la atención médica de Beatriz. Esta situación, según el tribunal, expuso al personal sanitario a un riesgo legal, lo que habría influido en la forma en que se manejó el caso.
Medidas de reparación y obligaciones del Estado
Como parte de la sentencia, la CIDH ordenó al Estado salvadoreño implementar varias medidas de reparación para la familia de Beatriz y reformas normativas para el sistema de salud y justicia. Entre las principales disposiciones se encuentran:
• Atención médica, psicológica y psiquiátrica para los familiares de Beatriz que así lo soliciten.
• Publicación de la sentencia y su resumen para garantizar la difusión del fallo.
• Adopción de medidas normativas que garanticen directrices claras para la atención médica y judicial de los embarazos que pongan en riesgo la vida y la salud de la mujer.
El fallo subraya la importancia de la elaboración de un plan de capacitación dirigido al personal de salud de hospitales con secciones de maternidad, así como a operadores de justicia y funcionarios estatales involucrados en la atención de estos casos.
“El Estado puede cumplir con esta medida a través de la adecuación de los protocolos existentes, la emisión de un nuevo protocolo o cualquier otra medida normativa que garantice seguridad jurídica en la atención de situaciones como las del presente caso”, ordenó la CIDH.
El objetivo de esta medida es prevenir la indefinición legal que obstaculiza la actuación médica en situaciones de embarazos de alto riesgo, garantizando la seguridad jurídica tanto para las pacientes como para los profesionales de la salud.