
El Gobierno argentino promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, una ley que modifica el sistema penal para menores en el país. La medida se oficializó en el Boletín Oficial mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei.
Uno de los cambios centrales es la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. A partir de ahora, adolescentes de 14 y 15 años podrán ser sometidos a proceso penal cuando cometan determinados delitos.
Para delitos graves —como homicidios, abusos sexuales, secuestros o robos violentos— la normativa establece un máximo de hasta 15 años de prisión, siempre dentro de un régimen especial para menores de edad. El sistema mantiene características diferenciadas respecto del régimen penal de adultos.
La discusión sobre la edad de imputabilidad no es nueva en la región. En América Latina, países como Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Venezuela fijan la responsabilidad penal desde los 14 años. En otros casos, como Brasil, Ecuador o Panamá, la edad se establece desde los 12 años, según comparaciones regionales citadas en informes sobre el tema.
La sanción de la ley generó diversas reacciones en el ámbito jurídico. Diario Cristiano Internacional consultó a varios abogados cristianos de diversa índole acerca del tema.
Carlota López, abogada de la red de abogados de la Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas de la República Argentina (ACIERA), consideró a título personal que la reforma representa una actualización normativa.
“Pienso que el nuevo Régimen Penal Juvenil es un avance legal, en tanto la ley que se derogó era de 1981 y había quedado totalmente obsoleta. La nueva ley adecua la edad de imputabilidad a los estándares internacionales e incorpora novedades jurídicas, como la participación de las víctimas en el proceso penal, medidas alternativas que no contemplan la privación de libertad y la mediación penal”, explicó.
La letrada aclaró que el sistema continúa siendo específico para menores. “Recordemos que se trata de un Régimen penal juvenil que abarca a menores de entre 14 y 18 años. Es un régimen especial que de ninguna manera se equipara con el de los adultos”, señaló.
Sin embargo, López advirtió que la ley por sí sola no resuelve el problema del delito juvenil. “Como mujer de Derecho tengo bien claro que ninguna ley puede por sí sola modificar realidades. Deben darse condiciones socioeconómicas y familiares para que los jóvenes se dediquen a estudiar, a practicar deportes y se mantengan lejos de las adicciones y del delito”, afirmó.
En esa línea, planteó que la prevención también debe involucrar a distintos actores sociales. “Existen alternativas que tienen que ver con la prevención y con la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil y de las instituciones cristianas. Somos conscientes de que la mirada estrictamente sancionatoria no ha dado resultados”, indicó.
Desde otra mirada jurídica, el abogado Gustavo Rosciano, funcionario del Ministerio Público de la Defensa de la provincia de Buenos Aires, consideró que la reducción de la edad de imputabilidad responde a un reclamo social.
“La baja en la edad de la imputabilidad a los 14 años es una medida quizá drástica pero necesaria, dado el reclamo de la sociedad. Antes de esta ley, los jóvenes de entre 14 y 15 años no podían ser sometidos al proceso penal”, explicó.
Rosciano subrayó que el régimen juvenil no implica enviar a los menores a cárceles comunes. “No se trata de meter presos a los chicos de entre 14 y 17 años, sino de que puedan ser sometidos a un proceso judicial donde se determine su inocencia o culpabilidad. Las medidas se cumplen en establecimientos destinados a tal fin”, aclaró.
No obstante, advirtió sobre problemas estructurales del sistema. “Los institutos especializados sufren deterioro presupuestario y no cumplen plenamente con la finalidad prevista por la ley en cuanto a reinserción social, educación e integración familiar. Si se suman más jóvenes procesados, el problema puede ser mayor”, sostuvo.
La abogada Rosana Parrella también señaló que la reforma debe analizarse dentro del contexto social actual. “Está bien legislar conforme a la realidad que se vive en el tiempo. Hoy los menores delinquen igual que los mayores y no se puede ignorar esa situación”, afirmó.
De todos modos, indicó que el impacto real de la ley se conocerá con el paso del tiempo. “Por sí sola la aplicación de esta ley no serviría, pero acompañada de otras medidas seguramente que sí”, explicó.
Parrella remarcó la importancia de trabajar sobre la formación social. “El cambio se puede producir con educación, formación en valores, contención y trabajo. La imputabilidad por sí sola puede aliviar la situación, pero no la cambia”, agregó.
Por su parte, la abogada Analía Celada expresó una visión más crítica sobre el alcance de la reforma. Según señaló, la medida responde a una demanda social frente al aumento del delito, pero no aborda las causas profundas.
“Entiendo que el dictado de esta ley obedece a un reclamo de parte de la sociedad que requería que se haga algo para frenar el avance del delito utilizando la edad del delincuente para minimizar penas”, explicó.
Sin embargo, sostuvo que el problema principal se encuentra en las estructuras delictivas. “El pibe de 14 años es la parte más corta del hilo. A los peces gordos no los atrapan. Hay un entramado delictivo piramidal donde los responsables mayores muchas veces quedan fuera del foco”, afirmó.
Celada también planteó la necesidad de políticas más integrales. “Existen otras alternativas que implican compromiso de todos los niveles del gobierno, desde trabajo en barrios vulnerables hasta intervenciones en escuelas y análisis profundo de cada caso”, indicó.
El debate sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil continúa abierto en el ámbito jurídico y político. Mientras algunos especialistas consideran que la reforma actualiza una legislación antigua y responde a la realidad social, otros advierten que el desafío central sigue siendo la prevención del delito y la reinserción efectiva de los jóvenes en la sociedad.
El abogado Eduardo Oviedo también analizó la reforma y la calificó como “buena y oportuna”, al considerar que responde a una demanda social frente al aumento de delitos cometidos por menores.
“Estábamos necesitando socialmente un gesto de este tipo, atento a la cantidad de delitos cometidos por menores de edad y la laguna legal que existe sobre este tema”, señaló.
El letrado recordó que la edad de imputabilidad en Argentina tuvo cambios a lo largo de la historia. El Código Penal de 1921 fijó la inimputabilidad hasta los 14 años, mientras que la ley de 1954 elevó el límite a 16. Durante la dictadura de 1976 se volvió a establecer en 14 años, y posteriormente el Régimen Penal de Minoridad de 1980 la fijó nuevamente en 16, límite que rigió hasta la reforma actual.
Para Oviedo, la imposibilidad de juzgar a menores de 16 años generó en muchos casos una utilización delictiva de adolescentes por parte de organizaciones criminales. “La imposibilidad de juzgar a un menor de 16 años convirtió en víctimas a estos mismos, ya que han sido utilizados para cometer delitos, a sabiendas o a veces sin conciencia”, señaló.
Sin embargo, volvió a insistir en que el principal problema continúa siendo la falta de programas de reinserción social. “Los menores que ingresan a centros de detención no encuentran un marco real de reinserción social, lo que muchas veces los condena a vivir del delito”, sostuvo.
Al analizar el impacto de la reforma, el abogado consideró que la medida tiene efectos contradictorios. “A mi entender ayuda socialmente y perjudica personalmente a quien a su tierna edad comienza a delinquir. Las víctimas necesitaban un cambio, pero los menores también merecen una esperanza de reinserción social que hoy es prácticamente nula”, afirmó.
Respecto a posibles alternativas, Oviedo planteó que el foco debería ponerse en el tratamiento de los jóvenes dentro del sistema penal juvenil. “Destinar presupuesto para crear comunidades de reinserción social para menores que cometen delitos es fundamental. El desafío es reinsertarlos desde su privación de libertad y no estimular que pasen toda su vida dentro del delito”, concluyó.





